Habiendo escuchado atentamente los informes del Nuncio Apostólico en México, los dictámenes del Dicasterio para los Obispos y del Dicasterio para la Evangelización, y después de madura reflexión y oración,
reconocemos con dolor, pero también con serenidad evangélica, que la Arquidiócesis Primada de México ha dejado de producir los frutos pastorales y espirituales que un día distinguieron su fecundidad apostólica.
Los intentos de renovación y reorganización eclesial no han logrado restablecer una vida pastoral vigorosa, y la permanencia de la sede como arquidiócesis primada se ha vuelto inviable tanto desde el punto de vista pastoral como canónico.
Por tanto, movidos únicamente por el bien de las almas y la adecuada distribución de las estructuras eclesiásticas,
DECRETAMOS Y ESTABLECEMOS:
1. La Arquidiócesis Primada de México queda, a partir de la fecha de este decreto, canónicamente suprimida, cesando todas sus prerrogativas, títulos y derechos metropolitanos.
2. El territorio que le pertenecía será incorporado a la nueva Provincia Eclesiástica del Centro de México, cuya sede metropolitana será designada oportunamente por la Santa Sede.
3. El Excelentísimo y Reverendísimo Arzobispo Primado, Mons. [Nombre], queda liberado de sus funciones pastorales, conservando el título de Arzobispo Emérito y los derechos inherentes a su dignidad episcopal.
4. Los bienes, archivos e instituciones de la extinguida arquidiócesis serán administrados temporalmente por un Administrador Apostólico, nombrado por la Santa Sede, hasta la constitución definitiva de las nuevas circunscripciones eclesiásticas.
5. Toda referencia oficial a la Arquidiócesis Primada de México cesa de tener efecto jurídico a partir de la publicación de este Decreto.
Dado en Roma, junto a San Pedro, a los 17 de octubre del año del Señor 2025, en el 1° de Nuestro Pontificado.
✠ Pius Pp. II
Pontifex Maximus
