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Decreto Apostólico Sobre la Supresión de la Arquidiócesis Primada de México

PIUS EPISCOPUS
SERVUS SERVORUM DEI
AD PERPETUA REI MEMORIAM


Considerando con prudencia pastoral la situación actual de la Arquidiócesis Primada de México, que durante siglos fue faro de fe, centro de irradiación evangelizadora y cuna de innumerables vocaciones, pero que, por diversas circunstancias históricas y sociales, ya no presenta las condiciones necesarias para continuar ejerciendo su misión como sede metropolitana,

Habiendo escuchado atentamente los informes del Nuncio Apostólico en México, los dictámenes del Dicasterio para los Obispos y del Dicasterio para la Evangelización, y después de madura reflexión y oración,

reconocemos con dolor, pero también con serenidad evangélica, que la Arquidiócesis Primada de México ha dejado de producir los frutos pastorales y espirituales que un día distinguieron su fecundidad apostólica.

Los intentos de renovación y reorganización eclesial no han logrado restablecer una vida pastoral vigorosa, y la permanencia de la sede como arquidiócesis primada se ha vuelto inviable tanto desde el punto de vista pastoral como canónico.

Por tanto, movidos únicamente por el bien de las almas y la adecuada distribución de las estructuras eclesiásticas,

DECRETAMOS Y ESTABLECEMOS:

1. La Arquidiócesis Primada de México queda, a partir de la fecha de este decreto, canónicamente suprimida, cesando todas sus prerrogativas, títulos y derechos metropolitanos.

2. El territorio que le pertenecía será incorporado a la nueva Provincia Eclesiástica del Centro de México, cuya sede metropolitana será designada oportunamente por la Santa Sede.

3. El Excelentísimo y Reverendísimo Arzobispo Primado, Mons. [Nombre], queda liberado de sus funciones pastorales, conservando el título de Arzobispo Emérito y los derechos inherentes a su dignidad episcopal.

4. Los bienes, archivos e instituciones de la extinguida arquidiócesis serán administrados temporalmente por un Administrador Apostólico, nombrado por la Santa Sede, hasta la constitución definitiva de las nuevas circunscripciones eclesiásticas.

5. Toda referencia oficial a la Arquidiócesis Primada de México cesa de tener efecto jurídico a partir de la publicación de este Decreto.

Dado en Roma, junto a San Pedro, a los 17 de octubre del año del Señor 2025, en el 1° de Nuestro Pontificado.

✠ Pius Pp. II

Pontifex Maximus

 

SUMOS PONTÍFICES